Tras sufrir un accidente de tráfico pueden quedar secuelas físicas y psicológicas. Lo mismo puede ocurrir tras negligencias médicas, violaciones, peleas, u otros accidentes no relacionados con el uso de vehículos. En todos estos casos pueden calibrarse las secuelas y si procede utilizar el baremo de la ley 35/2015 de 22 de septiembre para la baremación de las secuelas tras accidentes de circulación.

Un informe pericial psicológico de PsicologodeCabecera.com ayuda a clientes y abogados a defender sus argumentos judiciales en casos de valoración de secuelas accidentes. Analicemos qué debe incluir un peritaje psicológico forense para ser útil en un proceso judicial.

 

valoración de secuelas

 

Un informe pericial psicológico para valorar secuelas tras accidentes, deberá incluir:

 

  • Se calibra el impacto de un acontecimiento en la persona y las secuelas que deja.
  • Se analizan informes sobre tratamiento anteriores y la evolución hasta la fecha
  • Se estima la capacidad de avance tras los medios puestos para mejorar hasta ese instante.
  • Evaluación por medio de entrevista y análisis de medidas objetivas realizadas por pruebas estandarizadas.
  • Se analiza la tendencia a la simulación y a la disimulación.
  • Si es necesario se hace una estimación en puntos según el baremo de la ley 35/2015
  • Si fuera necesario se ofrece un listado de preguntas para que el abogado pueda realizar durante la declaración del perito para exponer adecuadamente las conclusiones forenses del informe.
  • Si se requiere también se incluyen preguntas relevantes para hacer a otras personas implicadas en el informe.

 

informe pericial secuelas

Cuando no se dispone de un informe pericial, hay que demostrar el malestar por medio de los informes clínicos previos y posteriores al acontecimiento traumático. No se puede descartar simulación al no existir informe pericial.

Con un informe pericial de PsicologodeCabecera.com, se realiza la evaluación, se descarta simulación o disimulación. Se obtiene una “foto” del estado del evaluado y se puede analizar su evolución a lo largo del proceso judicial, a veces de años para confirmar el cuadro y las secuelas. No es lo mismo daño que secuela. Los jueces quieren que se valoren las secuelas, ya que implica que ya no hay margen de mejora.

Podemos hacer una estimación por medio del baremo de 22 de septiembre 35/2015. Estos números corresponden al número de la ley aprobada ese año. Cada cierto tiempo se actualizan y se publican en el BOE (Boletín Oficial del Estado).

Como en todos los casos podemos ofrecer un listado de preguntas para el abogado.

 

secuelas accidentes

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