En el ámbito penal, nos encontramos con frecuencia con la necesidad de valorar. La Imputabilidad tiene que ver con la capacidad de cada persona para comprender (capacidad cognoscitiva) la licitud o ilicitud de las acciones y la capacidad de obrar (capacidad volitiva) conforme a tal comprensión.

La fórmula española exige una base patológica (alteración, anomalía, etc.) y un efecto psicológico (alteración de la conciencia o voluntad) para determinar la imputabilidad. No es suficiente con que exista y se pruebe la existencia de un trastorno mental, sino que es imprescindible demostrar que ha afectado significativamente la capacidad del sujeto para comprender la ilicitud del acto realizado o poder haber actuado de una forma diferente.

El Código Penal español no contiene ninguna definición de imputabilidad, sino que se limita a enumerar varias causas que la ciencia considera que excluyen la imputabilidad, o que en su caso pueden constituir un atenuante.

Los informes que realizamos en nuestro centro tienen una estructura común. En ellos integramos todos los datos que vamos recabando con el objetivo de establecer conexiones entre las variables psicológicas y las implicaciones forenses.

 

¿En qué casos puede estar mermada la conciencia y la voluntad de un cliente?

  • Retraso mental.
  • Delirium: delirium hospitalario, delirium tremens, otros.
  • Demencias: Alzheimer, demencia vascular, enfermedad de Huntington, Cretzfeld-Jakob, de Pick, y otras.
  • Trastorno esquizoafectivo.
  • Trastorno delirante.
  • Trastorno psicótico breve.
  • Trastorno psicótico inducido por sustancias.
  • Trastorno bipolar.
  • Trastorno obsesivo-compulsivo.
  • Trastorno disociativo.
  • Parafilias: exhibicionismo, pedofilia, sadomasoquismo.
  • Trastornos del descontrol de los impulsos: cleptomanía, piromanía, trastorno explosivo intermitente, juego patológico.
  • Trastornos de la personalidad: trastorno paranoide de la personalidad, trastorno esquizoide, trastorno límite de personalidad, trastorno histriónico de la personalidad.

 

imputabilidad informe pericial psicológico

 

El informe pericial psicológico evaluar la imputabilidad, deberá incluir

 

  • Resumen explicativo de la situación del evaluado y su contexto.
  • Análisis y valoración de otros informes relevantes (médico de familia, psicólogos…
  • Valoración de la idoneidad parental.
  • Análisis de su tendencia a la simulación o la disimulación, descartada por medio del análisis psicométrico.
  • Si fuera necesario se ofrece un listado de preguntas para que el abogado pueda realizar durante la declaración del perito para exponer adecuadamente las conclusiones forenses del informe.
  • Si se requiere también se incluyen preguntas relevantes para hacer a otras personas implicadas en el informe.

 

Defender un caso sobre imputabilidad con o sin informe pericial psicológico

 

Cuando no se dispone de un informe pericial, hay que utilizar informes médicos o psicológicos clínicos anteriores que demuestren una patología.

Con un informe pericial, Se puede hacer una evaluación actual en donde se añadan las escalas de simulación y disimulación de los test psicométricos. Se añada una valoración bibliográfica en donde se explica el concepto de imputabilidad y su relación con el caso de estudio. Se aporta el valor de un perito (por encima del valor de un testigo y un testigo experto).

 

informe pericial psicológico

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