10/11. Contrainforme Psicológico

En ocasiones es necesario analizar informes periciales que se han realizado para los clientes, o contra los clientes. Hay ocasiones en las que es necesario repetir la evaluación, pero en otras no conviene o es materialmente imposible hacerlo.

Un contrainforme es un informe acerca de otro Informe pericial en donde se analizan posibles errores en la metodología empleada, en el análisis de los datos obtenidos, en las consideraciones forenses realizadas, etc. En numerosas ocasiones los contrainformes psicológicos tienen un valor fundamental para el proceso judicial. En ocasiones es preferible realizar un contrainforme, en otras es mejor un peritaje psicológico forense.

 

Guia abogados psicología pericial

 

¿Cuándo conviene un abogado pedir un contrainforme psicológico pericial?

 

  • Cuando se está afirmando un diagnóstico o unas conclusiones, no siempre se puede hacer con la rotundidad con la que se hace. En estos casos, al mostrar contradicciones, errores e imprecisiones se puede cuestionar la validez del informe, y por tanto la validez de las conclusiones.
  • Cuando ha pasado tiempo desde la evaluación y no se desea hablar de la situación actual, sino de la pasada.
  • Cuando tengamos duda sobre cómo se han realizado informes anteriores. No siempre la forma en la que se recogió la información es la adecuada.
  • Cuando se discrepa con las conclusiones que se han expuesto en informes anteriores.
  • Cuando existen en otros informes conclusiones basadas en la interpretación del perito y no tanto en la estandarización de las pruebas psicométricas o de recogida de información sobre cada caso.

 

Una razón frecuente para la realización de un contrainforme psicológico por parte de un psicólogo forense es la imposibilidad de poder evaluar de nuevo a alguna de las personas mencionadas en el primer informe. Esto es así porque las pruebas que se han realizado no pueden ser repetidas sin que haya una distorsión en los resultados, o porque no está disponible, ha fallecido… En ocasiones puede ser más relevante analizar informes anteriores que realizar una nueva evaluación forense.

 

 

Cuando un abogado no dispone de un contrainforme psicológico pericial

No se puede contraargumentar adecuadamente para poner en duda algunas conclusiones que se han escrito por parte de otros forenses.

Se podrá opinar pero no tendrá tanta validez el argumento, como si se aporta un análisis detallado de cada argumento, y éste lo firma un perito forense cualificado.

Cuando el abogado tiene un contrainforme psicológico pericial

Se detallarán contraargumentos, se cuestionará metodología y conclusiones. Se hará por medio de datos objetivos, desde el punto de vista de la psicología clínica, y por supuesto de la forense.

Se podrán ofrecer listados de preguntas para que el abogado realice a la parte contraria, o a los otros forenses. Además podrá ofrecerse la asistencia a juicio con el fin de exponer su valoración delante de un juez, o por medio de un careo entre peritos.

 

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